Cómo los incoterms 2010 solucionan un problema grave

Publicado en por L.C.E.A. ERIKA BECERRA

Ya en el artículo anterior sobre como la CCI debería explicar los incoterms 2010, comentaba alguno de los problemas actuales que nos encontramos con los incoterms 2000.

Uno de los problemas que resuleven los incoterms 2010, presentes en los incoterms 2000, es la incompatibilidad de utilizar el EXW con un CMR.

En los incoterms 2000 el EXW nos dice que el vendedor tiene que dejar la mercancía en el muelle de carga de la fábrica o almacén del vendedor. La mercancía debe estar perfectamente embalada y etiquetada, en la fecha que se ha pactado.

Además el vendedor tiene que aportar todos aquellos documentos necesarios para el despacho. La operación de carga al vehículo de transporte lo tiene que realizar el comprador o quien lo represente, en este caso el transportista contratado por el comprador.

Normalmente y sobre todo si se trata de un envío de carga completa (Camión completo) el transportista que viene a recoger la mercancía está sujeto al convenio CMR.

Este convenio internacional de transporte terrestre regula que la carga al vehículo de transporte la tiene que realizar el vendedor (cargador). Los transportistas no cargan sus camiones. Como podemos observar tenemos un problema, para el vendedor que ha utilizado los incoterms y concretamente un EXW el incoterm no le permite cargar y el transportista que se rige por el convenio CMR, tampoco le permite cargar.

Evidentemente uno de los dos va a incumplir su normativa. Pienso que sería muy interesante que en la nueva revisión de los incoterms 2010 se tenga en cuenta este aspecto.

Ya entiendo que lo podría modificar cualquiera de las dos normativas, pero pienso que  no podemos perder una oportunidad como esta y por tanto pienso que los nuevos incoterms 2010 deberían incorporar una solución a este problema. Deberemos esperar aun algunos meses para poder comprobar si los expertos de la CCI han  pensado en este problema. Yo les doy toda mi confianza y estoy seguro que así será.

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J
<br /> O sea que como crees que sea la solucion del problema??<br /> <br /> <br />
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L
<br /> <br /> Jackeline buenas tardes,<br /> <br /> <br /> En relación a tu interrogante te puedo comentar que lo que esperamos es que en esta nueva revisión de los incoterms se haga algo por modificar el término EXW por la relación que se tiene con el<br /> CMR, esto es, si el incoterm EXW me dice que el vendedor no es responsable de cargar la mercancía al medio de transporte del comprador y el convenio internacional de transporte nos dice que<br /> tampoco el transportista es el responsable de cargar la mercancía, A quién le podemos delegar esta responsabilidad?<br /> <br /> <br /> Debido a esto, necesitamos que se haga una revisión en los Incoterms en donde se pueda definir concretamente quién sería el responsable al momento de las maniobras de carga de la mercancía. Qué<br /> pasaría si al momento de estar cargando el medio de transporte se daña la mercancía? Sobre quién recae esta responsabilidad? Eso es a lo que nos referimos.<br /> <br /> <br /> Espero este comentario haya resuelto tu interrogante.<br /> <br /> <br />  <br /> <br /> <br /> Saludos y gracias por estar en contacto!<br /> <br /> <br /> <br />